Los fondos serán administrados por un Comité de Fondo de Emergencia, de Recuperación y Reconstrucción Económica, que se encargará de la dirección y supervisión de todas las actividades del Fondo.
Con 84 votos a favor, la Asamblea Legislativa aprobó el decreto 292 sobre la emisión de títulos valores por hasta 2 mil millones de dólares, solicitados por el Gobierno, para contratar préstamo o combinación de ambos, lo cual permitiría financiar fondo de emergencia por COVID-19.
De optarse por un préstamo, el plazo a pagar para el país será de 35 años, que incluye período de gracia, dependiendo de las políticas crediticias del acreedor.
Dichos fondos serán distribuidos de la siguiente forma:
30% para proyectos ejecutados por gobiernos municipales de conformidad a los criterios del FODES y destinados para la atención a la emergencia.
El 70% restante se utilizará para: transferencias monetarias directas a familias vulnerables; implementar un fondo de liquides para la micro, pequeña y mediana empresa afectada por la emergencia, para financiar a productores agrícolas de granos básicos y sector agropecuario en general y un programa de subsidios de pago de planillas de empleados que se vean afectados por la declaratoria de emergencia y cuarentena.
Los fondos serán administrados por un Comité de Fondo de Emergencia, de Recuperación y Reconstrucción Económica, que se encargará de la dirección y supervisión de todas las actividades del Fondo.
La Junta Directiva del Comité estará conformada por distintos sectores:
1. Un coordinador nombrado por la Presidencia de la República
2. Representante de la Micro y Pequeñas Empresas (MYPES) designado por la Cámara de Comercio e Industria de El Salvador
3. Un representante de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP)
4. Cinco ministros de las carteras de Salud, Hacienda, Economía, Obras Publicas y Turismo
5. Un representante de la Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES).
6. Un representante de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA)
7. Un representante de la Escuela Superior de Economía y Negocios (ESEN)
El Comité deberá proponer un presupuesto extraordinario, parcial o total, para la atención de la emergencia, el cual deberá presentar al Órgano Ejecutivo y debe ser aprobado en el Legislativo con 56 votos. El decreto establece que ninguna información relacionada a la formulación y ejecución de dicho presupuesto podrá ser declarada reservada y se debe generar una plataforma web para consignar su información.
Además, será este comité quien apruebe el Programa de Transferencias Monetarias, las características de las personas beneficiarias, criterios de distribución y forma de entrega. También definirá estrategias, planes y programas para la recuperación y reconstrucción económica, luego de pasada la emergencia por COVID-19
Será desde esta instancia donde se establecerán los mecanismos de auditoria financiara de los recursos, rendirá informes mensuales ante la Asamblea Legislativa sobre la ejecución del decreto.
Por: ARPAS.