Sala frena temporalmente Decreto de Emergencia Nacional de Bukele

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Foto | ARPAS.

Según la resolución emitida esta tarde por la Sala, el gobierno no puede implementar ninguna de las medidas del Decreto Ejecutivo 18 mientras no haya una respuesta definitiva a la demanda de inconstitucionalidad. El presidente Bukele califica la decisión como “un acto sin precedentes”.

Han quedado sin efecto las medidas del Estado de Emergencia impuesto por el Gobierno. La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió una demanda de inconstitucionalidad presentada por Jonatan Mitchel Sisco, contra el Decreto Ejecutivo 18, anunciado por funcionarios del Gobierno la noche del sábado y cuestionado por varias organizaciones sociales.

Como parte del proceso, la Sala decidió emitir una medida cautelar en la que define que, mientras se tramite el proceso de inconstitucionalidad, las autoridades del Órgano Ejecutivo no podrán implementar el decreto de emergencia.

El Tribunal Constitucional también requirió al Presidente Nayib Bukele que, en diez días hábiles, entregue un informe, en el que argumente la legalidad del decreto. Y al Fiscal General de la República, Raúl Melara, le da el mismo plazo para que se pronuncie sobre lo planteado por el demandante respecto a los vicios de forma del decreto.

En la resolución, la Sala requirió a la Asamblea Legislativa y al Órgano Ejecutivo que “realicen un esfuerzo mutuo para llevar a cabo las acciones orientadas a emitir en el menor plazo posible una ley de emergencia que actualice las condiciones en las que la sociedad salvadoreña se encuentra frente al combate de la COVID-19”, para que se garanticen los derechos a la salud y a la vida.

Respecto a la decisión de los magistrados constitucionalistas, el presidente de la República, Nayib Bukele, reaccionó calificándola como “un acto sin precedentes”.

El Fiscal General, Raúl Melara, que ayer presentó una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto 18, exhortó -a través de un video- a los Órganos Ejecutivo y Legislativo a dialogar, “para dar a la población una solución concreta ante la realidad que estamos enfrentando”.

Organizaciones de abogados consideran que el gobierno excedió sus facultades al emitir el Decreto de “prórroga” del estado de emergencia por la pandemia del COVID-19, por lo que señalaron que éste es nulo. Manifiestan que disposiciones de ese tipo solo puede autorizarlas la Asamblea Legislativa.

La Sala también admitió esta tarde otra demanda contra el Decreto Ejecutivo 18, interpuesta por la abogada Ruth Eleonora López. En esta caso la Sala le previene a que justifique por qué considera que el decreto es contrario a lo establecido en la Constitución.

Por: ARPAS.