¿Qué dice la nueva ley aprobada en la Asamblea y por qué Bukele busca vetarla?

Asamblea Legislativa.Foto | ARPAS.

Con 64 votos a favor y 1 en contra, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial Transitoria para la Atención Integral de la Salud y la Reanudación de Labores en el marco de la pandemia por COVID-19, que establece la reactivación gradual de la economía, la creación de un comité contralor de fondos y mantiene medidas ya vigentes. El presidente Bukele anunció que vetará la normativa.

Casi a la media noche del lunes 19 de mayo, el pleno legislativo aprobó con 64 votos una nueva normativa que regulará la reactivación de la economía en el marco de la emergencia nacional por la pandemia del COVID-19.

La construcción del articulado le llevó a la Comisión Política casi todo el día y discutieron las propuestas presentadas por las fracciones de ARENA, FMLN y las que también entregaron a las y los diputados el INCAE Business School y la Escuela Superior de Economía y Negocios (ESEN), éstas últimas fueron “angulares” para crear la normativa, aseveró el diputado del PDC, Rodolfo Parker.

Entre las discusiones, además, recibieron a representantes de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) y al Cardenal Gregorio Rosa Chávez.

La normativa acordada, plantea que la reactivación sea gradual y se aplique en un plazo de 120 días. Dentro de éste se contemplan cuatro etapas, a saber:

Etapa 1: Se extiende del día 8 hasta el día 30 después de entrada en vigencia la Ley. Habilita a los aeropuertos -y sus respectivas oficinas de aduana y migración, incluyendo las fronteras terrestres-, para operar a fin de repatriar a salvadoreños que se encuentra en el exterior. Además, permite el transporte de carga, servicios postales, de courier y logísticos. También, autoriza el funcionamiento de los puertos y sus oficinas de aduana y migración, la pesca y el transporte de carga.

Etapa 2: Vigente a partir del día 31 hasta el día 51 después de la entrada en vigencia de la Ley. En esta se permitirá la apertura de las iglesias y lugares de culto, guardando el distanciamiento de dos metros y medidas sanitarias.

Etapa 3: Desde el día 52 hasta el día 72, permitirá la apertura centros de convención y salas de recepciones hasta en un cincuenta por ciento de sus respectivas capacidades.

Etapa 4: A partir del día 73 hasta el día 120. en esta cuarta y última etapa se mantienen las disposiciones anteriores y continúan suspendidas las actividades presenciales de educación inicial, parvularia, básica y media, así como las actividades académicas extracurriculares; los espectáculos y eventos deportivos públicos, (excepto los estadios de fútbol, los cuales pueden ser utilizados con un distanciamiento de dos metros); el transporte recreativo y turístico, discotecas, entre otros.

La nueva Ley también crea un ente contralor de las estrategias, planes, protocolos, acciones y presupuestos implementados por el Ministerio de Salud, la Comisión Nacional de Protección Civil, Ministerio de Economía, Ministerio de Trabajo y entidades públicas de atención durante la pandemia por COVID–19.

Dicho ente, al que denominaron Comité Interinstitucional y Multidisciplinario controlador de planes y presupuestos, estará integrado por representantes del Colegio Médico, el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” y la Universidad de El Salvador.

Entre otras medidas, la Ley determina que todo paciente con diagnóstico COVID-19 positivo podrá optar a ser hospitalizado en un centro privado de atención médica, en cualquier etapa de la enfermedad; los hospitales privados deben prestar servicio de salud por la atención de la cuarentena a que se refiere el presente decreto, cumpliendo con la normativa nacional e internacional

También avala que los laboratorios clínicos, droguerías y farmacias privadas puedan -cada uno en su caso- importar, distribuir y aplicar las pruebas de identificación de casos de COVID-19.

La Ley activa el mecanismo de ayuda humanitaria internacional y la exime del pago de cualquier impuesto, arancel y otros. También establece que el MINSAL podrá declarar porciones del territorio como zona epidémica sujeta a control sanitario, bajo ciertas regulaciones.

Además, mantiene el resto de medidas aplicadas en la Ley de Emergencia, Ley de Cuarentena y Decreto Ejecutivo 24 (aún vigente). Entre éstas, la suspensión de clases, vigencia de documentos como licencia de conducir y tarjeta de circulación, así como la suspensión de plazos procesales administrativos a excepción de los referentes a la Ley de Acceso a la Información Pública.

Al finalizar la plenaria, el diputado Rodolfo Parker expresó que la Asamblea Legislativa “no hubiera tenido las capacidades para hacer este articulado” sin los aportes de instituciones como INCAE Business School y la Escuela Superior de Economía y Negocios (ESEN).

“Quiero dar las gracias tanto al INCAE, a la Escuela Superior de Economía y Negocios y al Colegio Médico, que dieron los insumos angulares para poder escribir una normativa compleja, que contiene protocolos transversales que irán acompañando la operación de las empresas”, dijo.

Previo a la aprobación de esta normativa en la Asamblea Legislativa, el Presidente de la República, Nayib Bukele, adelantó que vetaría el documento y condicionó la apertura económica del país, que iniciaría el 6 de junio, a la aprobación de una «cuarentena estricta», por parte del Parlamento.

“Esta ley será vetada, aunque pase por 84 votos y nos vamos a tomar el tiempo para analizarla y vetarla, todo el tiempo que la Constitución nos da. Porque, hasta ahora, los únicos que estamos demostrando que respetamos la Constitución somos nosotros”, afirmó el mandatario.

Respecto al tema, esta mañana el presidente de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, dijo que el Parlamento cumplió al aprobar la Ley y que la responsabilidad de que no se implemente no será de ese órgano de Estado.

El presidente Nayib Bukele, acordó con «grandes empresarios» (donde también se encuentran representantes de INCAE y ESEN) la reapertura de la economía a partir del 6 de junio. Esto también debe ser aprobado por la Asamblea Legislativa.

Por: ARPAS.