El pasado 9 de abril del presente año el TSE emitió una medida cautelar que ordenaba la suspensión inmediata de cualquier acción de campaña electoral adelantada, ante la difusión sistemática y permanente de una supuesta campaña interna del partido ARENA por elegir al candidato que les representará en las elecciones presidenciales de 2019.
La medida notificada ese mismo día a los medios de comunicación ordenaba “a los canales de televisión, empresas publicitarias, empresas de radio y de comunicación suspender inmediatamente la transmisión de cualquier spot, programa de televisión, página digital, cuña radial o publicación de prensa escrita o digital, en las que aparezca algún ciudadano que pretenda aspirar al cargo de Presidente o Vicepresidente de la República”.
Sin embargo, empresas de comunicación como Telecorporación Salvadoreña (TCS), Red Salvadoreña de Medios (RSM) y otros medios radiales, impresos y digitales han incumplido la resolución del TSE y desobedecido la medida cautelar, difundiendo mensajes y transmitiendo programas que constituyen propaganda electoral adelantada.
Leonel Herrera, director ejecutivo de la Asociación de Radios y Programas Participativos de El Salvador (ARPAS), señaló que “es importante que los medios de comunicación, partidos políticos y demás instancias involucradas respeten y acaten (la resolución), en el caso de los medios son los últimos responsables y tendrían que ser los primeros en respetar las reglas de la institucionalidad ante la insistencia del partido ARENA de seguir incumpliendo”.
Añadió que “no se puede exigir que otros cumplan la ley si los medios de comunicación impunemente la incumplen, con qué solvencia moral después desde los medios se quiere llamar a otros actores a cumplir la ley si ellos mismos no se someten a las leyes electorales”.
Para la ReDCo, el TSE debería sancionar con mayor severidad posible a los medios que desobedecen la medida cautelar. “Existe un vacío porque a pesar de que la Sala de lo Constitucional ordenó a los partidos políticos realizar procesos de elección internos, la Asamblea no reguló el tema de las campañas en ese momento y no estableció una sanción en este tipo de ilegalidades, pero con esta resolución del TSE se está sentando jurisprudencia electoral de aquí a futuro para cesar la campaña adelantada y sancionar a los que sigan irrespetando la ley”.
Los representantes de medios comunitarios y alternativos soslayaron la posibilidad de recurrir a interponer una demanda ante la Fiscalía General de la República (FGR) por el delito de desobediencia y otros ilícitos establecidos en el Código Penal, así como acciones legales ante la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET).
“Podría aplicarse el delito de desobediencia porque hay una resolución emitida por la autoridad competente en el ejercicio de sus funciones que es el mismo TSE y al desobedecer esa resolución cualquier persona natural o jurídica estaría cometiendo un delito”, aseguró el abogado del Iniciativa Social para la Democracia (ISD), Óscar Campos.
El vicepresidente de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), Fabricio Altamirano, dueño de El Diario de Hoy y uno de los señalados a abstenerse de seguir con la propaganda adelantada desde su medio escrito se pronunció señalando que la medida es una censura y vulnera la libertad de prensa y de expresión.
La misma postura asumieron gremiales como ASDER, TCS, La Prensa Gráfica, El Diario de Hoy, Diario El Mundo y el Consejo Nacional de la Publicidad.
Para Campos, al hacer un análisis meramente jurídico con esta resolución no hay una vulneración o ataque a la libertad de expresión o de prensa. “Creemos que lo que está detrás es una situación de carácter económico, el hecho que se les haya prohibido difundir estos mensajes que tienen un valor económico de mercado y generan ingresos para las agencias de publicidad, ahora lo disfrazan y alegan como una violación a la libertad de expresión”, afirmó el abogado.
Añadió que “en este caso creemos que hay una hipocresía de parte de algunos actores al señalar ahora que hay una vulneración a la libertad de expresión pero por la afectación a los intereses económicos que están de por medio”.
Para el representante del ISD, en ningún momento la resolución mandata callar o censura a los medios en cuanto a informar sobre las elecciones internas de un partido, pero no posicionando a un precandidato propuesto para un cargo de elección popular por encima de la ley electoral.
En estos casos ha sido común que los aludidos vean en la Sala de lo Constitucional un salvaguarda de sus intereses pero Campos señala que “ante esta medida también ya se ha conocido que el Magistrado Rodolfo González ha expresado que el TSE está haciendo cumplir la ley y en caso de recibir un amparo o recurso de parte de los medios de comunicación se esperaría que la Sala resuelva conforme a derecho, ya que en este caso hay una violación al Código Electoral y a la Constitución misma porque no se está respetando los plazos de campaña electoral para una eventual campaña presidencial”.
Por / Transparencia Activa.