Por: Red Informativa de ARPAS.
El presidente Nayib Bukele, a través del Ministro de Justicia y Seguridad Pública, Gustavo Villatoro presentó a Asamblea Legislativa una iniciativa de reforma el artículo 32 Código Procesal Penal que incorpora la imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
Con la reforma el inciso final del artículo 32 quedaría de la siguiente manera: “… No prescribe la acción penal en los casos siguientes: tortura, actos de terrorismo, secuestro, genocidio, violación de leyes o costumbres de guerra, desaparición forzada de personas, delitos cometidos contra la libertad sexual de menor o incapaz, y los establecidos en el Libro II, Título XVI, Capítulos II y III del Código Penal…”.
Los delitos que no prescribirán son: -Delitos relativos a la Administración Pública -De la corrupción: Peculado-Delitos cometidos por particulares: Cohecho Activo, Soborno Transnacional y Tráfico de Influencias.
La propuesta fue recibida por el presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, quien expresó que la propuesta de reforma “incluye no solo a actuales funcionarios de los tres Órganos del Estado, sino también a los funcionarios públicos de los últimos 30 años en este país. Se acabaron las épocas de la justicia selectiva».
Castro aseguró que “este es un mensaje no solo para funcionarios de Gobiernos anteriores, sino también para funcionarios de este Gobierno. Es un compromiso que vamos a acompañar al presidente de la república, de combatir la corrupción sea quien sea”.
El titular de justicia, Gustavo Villatoro, indicó que la reforma relacionada a la prescripción de delitos de corrupción será retroactiva y plantea la restitución civil. Postura que reforzó el presidente Nayib Bukele mediante su cuenta de twitter.
Sobre el tema ya se había referido el Arzobispo de San Salvado, José Luis Escobar Alas, al decir que dentro de la Constitución de la República debería suprimirse el artículo que permite la prescripción de actos de corrupción.
Esta reforma daría la posibilidad, que al menos parte del gobierno de Alfredo Cristiani y los mandatos de Armando Calderón Sol, Francisco Flores y Elías Antonio Saca entren en el período de la no prescripción de los delitos mencionados.