Con 82 votos, la Asamblea Legislativa aprobó la tarde de este jueves la Ley Especial para la Atención y Protección Integral de Personas en condición de Desplazamiento Forzado Interno, normativa que busca crear condiciones para atender este tipo de casos que en nuestro país, según un informe regional, suman más de 600.
La Ley contiene 35 artículos y establece la creación de un Sistema Nacional de Atención y Protección Integral que tendrá como principal función emitir, implementar y evaluar la Política Nacional de Prevención y Protección a personas en condición de desplazamiento forzado interno.
Además, dicha instancia deberá articular planes y acciones entre los órganos de Estado, entidades e instituciones, públicas y privadas “con responsabilidades en la garantía del pleno goce y ejercicio de los derechos de las personas desplazadas internamente”, según el texto.
Otros aspectos relevantes de la nueva normativa es que se reconocen las fases del desplazamiento forzado interno, que incluyen: atención con calidez y gratuidad, prevención, asistencia humanitaria, protección y soluciones duraderas como el derecho de optar al retorno, la integración o la reubicación.
La construcción técnica de la Ley fue acompañada, según explicaron diputados de la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, por Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Fundación CRISTOSAL, a quienes agradecieron los aportes. De hecho, la organización presentó propuestas de proyectos de ley.
Esta semana, la Fundación CRISTOSAL vio con optimismo el acuerdo en la Asamblea, ya que consideran que la ley contempla los estándares mínimos incluidos en normativas internacionales, además de obligar al Estado a crear mecanismos de protección a víctimas.
La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) considera que, si bien la aprobación es positiva, el proceso de consulta fue débil.
En 2018 la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) emitió una sentencia sobre el desplazamiento forzado, en la que ordenó al gobierno de turno reconocer el fenómeno y tomar acciones para atender los casos que se registran en el país.
“Declárase que en El Salvador existe un fenómeno de desplazamiento forzado de personas que tiene origen en el contexto de violencia e inseguridad que afecta gravemente a colectivos vulnerables de distintas zonas geográficas del país”, dice parte del texto del fallo de la Sala Constitucional de 2018.
Por: Prensa Izcanal / ARPAS.