Por: Josseline Roca.
Expertas en derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) exhortaron al Estado salvadoreño a acatar la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en la que le encontró responsable por la detención, condena y muerte de Manuela, quien enfrentó una emergencia obstétrica y fue condenada a 30 años de cárcel.
El fallo, dijeron las expertas, “sienta un importante precedente que ayudará a proteger el derecho de las mujeres a la atención en salud reproductiva, incluido el aborto, en toda América Latina y el Caribe».
El Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra las mujeres y las niñas de la ONU, la Relatora Especial sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias, Reem Alsalem; la Relatora Especial sobre el derecho a la salud física y mental, Tlaleng-Mofokeng; y el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Nils Melzer, destacaron que la sentencia de la Corte establezca que se deben aplicar procesos de formación a personal de salud y del sistema de justicia, para evitar que actúen con base en estereotipos de género.
Como lo han declarado en reiteradas ocasiones, las expertas de la ONU señalan que la prohibición absoluta del aborto viola los derechos humanos de niñas y mujeres, debido a que la normativa vigente en El Salvador provoca que puedan llegar a ser condenadas hasta con 50 años de cárcel. «Ha dado lugar a una práctica sistemática de discriminación contra las mujeres que sufren emergencias obstétricas o pérdidas de embarazo por complicaciones durante la gestación, lo que constituye violencia de género y un trato cruel, inhumano y degradante, que conduce a la revictimización», apuntaron.
A partir del fallo de la Corte más importante de América, el Estado debe hacer una modificación de sus leyes, respondiendo a los estándares internacionales de derechos humanos, recordaron las especialistas. Insistieron en la urgencia de que se despenalice la interrupción del embarazo y se garantice “acceso a servicios de aborto seguro y legal como mínimo en casos de violación, incesto, cuando el embarazo suponga un peligro para la vida, salud física o mental de la mujer o la niña y en casos de malformación fetal grave”.
Las organizaciones litigantes en el caso de Manuela consideran que la sentencia de la Corte IDH constata que Manuela fue inocente y que el Estado se equivocó, por lo que éste deberá establecer medidas de reparación y no repetición.