Durante 45 días, desde el 17 de abril hasta el 31 de mayo de 2018, está prohibida la extracción de camarón marino que realizan los pescadores artesanales e industriales, según resolución N° 65, Tomo 419, emitida por el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), a través del Centro de Desarrollo de la Pesca y la Acuicultura (CENDEPESCA) y publicada en el Diario Oficial este 11 de abril.
El acuerdo, consensuado con el Consejo Nacional de Pesca y Acuicultura (CONAPESCA), prohíbe la pesca de camarón en el mar, golfo, bahías y esteros. Esta medida busca garantizar la reproducción de la especie, especialmente porque las hembras alcanzan el mayor índice de gravidez entre abril, mayo y junio de cada año.
“El objetivo principal de la veda es proteger a la especie y aprender a explotarlos de forma responsable y sostenible en el tiempo. No busca realizar decomisos del producto, insumos o aperos de pesca, pese a que la Ley General de Ordenación y Promoción de Pesca y Acuicultura, faculta al MAG-CENDEPESCA a imponer sanciones y multas a quienes incumplan la medida”, explicó el Ministro de Agricultura y Ganadería, Orestes Ortez Andrade.
En ese sentido, como la veda del camarón marino no significa dejar de comer camarón, escasez o incremento en el precio, la población tiene garantizada una buena oferta del producto, especialmente por las provisiones que hayan realizado los comerciantes y que oportunamente reportaron sus inventarios al MAG-CENDEPESCA.
Antes de iniciarse la veda, los 54 barcos pesqueros industriales que trabajan en el mar nacional deberán atracar en los centros de desembarque ubicados en Acajutla, Usulután y La Unión y permanecer ahí durante la vigencia de la medida.
Lo anterior significa que los 54 barcos pesqueros industriales iniciarán la nueva temporada de pesca a partir del 1 de junio de los corrientes. Hasta entonces la Autoridad Marítima Portuaria (AMP), extenderá los “zarpes vía la pesca”. Mientras esté vigente la veda, los barcos permanecerán en puerto recibiendo mantenimiento.
Los pescadores artesanales tienen la opción de seguir capturando otras especies, por ejemplo el róbalo, la corvina y entre otro tipo de peces. Para tal efecto, podrán utilizar otras artes de pesca, por ejemplo, las redes a galleras, líneas de mano (anzuelo), cimbras y palangres (línea con varios anzuelos distribuidos en la red).
Tanto para la pesca artesanal, como para la pesca industrial, la veda significa una prohibición a la extracción, tanto para fines comerciales o no comerciales. Se incluye la pesca de larva salvaje para fines de acuicultura.
Por Prensa RTV Izcanal.